28 may 2010

REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS CANILLITAS

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación terminó la nueva resolución para nuestra actividad luego del decreto firmando por la presidenta Cristina Fernández el 5 de noviembre del año pasado.
Luego de seis largos meses de espera, donde las grandes editoriales de nuestro país no escatimaron en presiones y llamados sugestivos, la resolución final de aplicación del decreto 1693 ya está terminada y a punto de ser firmada por el Ministro de Trabajo, el Dr. Carlos Tomada.
La normativa prevé la creación del Registro Nacional Integrado de Distribuidores y Vendedores de Diarios, Revistas y Afines. El mismo contempla también la creación de tres subregistros: vendedores, distribuidores, y representantes de editoriales y agentes.
Desde el primer artículo la normativa incluye modificaciones sustanciales para nuestro sistema. A partir de ahora se incorpora a nuestra actividad los servicios a la comunidad, las suscripciones y los diarios gratuitos.
En el caso de los diarios sin precio de tapa, es bueno recordar que la legislación anterior prohibía la distribución en nuestro sistema de este tipo de publicaciones. Ahora, a partir de la nueva legislación, los diarios podrán ser entregados por los vendedores, previo pago de un proporcional del precio promedio de un periodico de circulación masiva.
Lo más significativo de este primer artículo de la nueva resolución, es que a partir de su aprobación aquellas editoriales que cuentan con diarios gratuitos (El Argentino del Grupo Veintitrés, y La Razón del Grupo Clarín) podrán incorporarlo dentro del sistema, incrementando los ingresos de los vendedores. De hecho, incluso antes de la normativa, “El Argentino” había aceptado que su diario se distribuya por los canillitas, algo que fue negado por la Sociedad de Distribuidores de Diarios y Revistas, por -según versiones no confirmadas- presiones del Grupo Clarín. En el segundo artículo, el Ministerio de Trabajo creará la Autoridad de Aplicación del presente régimen, la cual tendrá la facultad de evaluar los requisitos para el reconocimiento, conservación y pérdida de los derechos implicados en el desarrollo de la actividad de distribución y venta de diarios.

También para la evaluación cotidiana de nuestra actividad se conformará la Comisión Nacional de Trabajo y Fiscalización del Régimen de Distribución y Venta de Diarios, Revistas y Afines, dependiente de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo.
En dicha comisión, los trabajadores canillitas tendrán voz y voto, podrán sugerir modificaciones sobre la reglamentación de las condiciones y modalidades de trabajo de la actividad y el presente régimen, sus derechos y obligaciones. Pronunciarse sobre los alcances de las distintas zonas geográficas y ámbitos de aplicación del presente régimen. Formular recomendaciones y remitir proyectos sobre tales cuestiones, tanto a la autoridad administrativa como a los órganos legislativos competentes.

La nueva resolución contempla la creación de un subregistro para los vendedores de diarios y revistas. En el mismo, las asociaciones sindicales de primer grado con Personería Gremial adheridas a la Federación de Vendedores de Diarios, Revistas y Afines (FVDRRA) podrán actuar como instancia de inicio del trámite de inscripción al registro.
En el artículo 15, la resolución insta al vendedor a conformar el formulario de solicitud de inscripción, el cual deberá ser presentado ante la Autoridad de Aplicación dentro del plazo de 180 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial.

“A los fines del reconocimiento de parada y/o reparto que se encuentren vacantes, tendrán prioridad para adquirir tal derecho aquellos vendedores ya establecidos con parada y/o reparto que deseen intercambiar la suya con la referida vacante.

A modo de colaboración, el trámite respectivo se podrá iniciar ante la asociación sindical de primer grado con personería gremial del ámbito territorial que corresponda o ante la asociación sindical de segundo grado con personería gremial de ámbito nacional, quienes llevarán un registro de los vendedores que pretendan intercambiar su parada y/o reparto, en las condiciones previstas en el presente”, estipula la nueva resolución.

INTERÉS PÚBLICO Y CULTURAL
A partir de ahora, la actividad de distribución y venta de diarios y revistas se considera de interés cultural y público, quedando integrada al sistema nacional de comunicación social y siendo los trabajadores incluidos en la presente resolución calificados como trabajadores de la cultura en el ámbito de la comunicación social.

INGRESOS PARA LOS VENDEDORES
Los vendedores podrán brindar servicios a la comunidad, priorizando dicho canal. Se entenderán como servicio o prestaciones a la comunidad, la distribución y venta de fichas y tarjetas para telefonía, subterráneos, parquímetros y similares, mapas, postales, posters, información turística o cultural, considerándose a tales fines todo material gráfico en cualquiera de sus presentaciones.

ZAPATERO A SUS ZAPATOS
En las condiciones establecidas en el presente régimen, ninguna persona física o jurídica inscripta como distribuidor y/o agente podrá desarrollar simultáneamente la actividad de vendedor, representante de editores, editor o importador de publicaciones. Asimismo, ningún vendedor inscripto como tal podrá ser editor, distribuidor, representante de editores o importador de publicaciones ni titular de más de una parada de venta y/o reparto. Ningún editor podrá desarrollar tarea alguna que competa al distribuidor, al agente, ni al vendedor.

NUEVOS LUGARES PARA LA VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS
A los fines del presente régimen, el término vía pública o lugares públicos de circulación de personas se circunscribe a las avenidas, calles, plazas, parques y veredas, estaciones de ferrocarril, de subterráneos, de ómnibus, marítimas y fluviales y aeropuertos con permiso de uso vigente y trenes o buques, detenidos o en movimiento, y/o todos aquellos lugares de cualquier naturaleza jurídica en que existan espacios comunes donde circulen personas y que se consideren aptos por la Autoridad de Aplicación para el desarrollo de la actividad objeto de esta Resolución.

LOS AYUDANTES, UN PROBLEMA RESUELTO
Las personas no registradas como titulares de paradas de diarios y/o repartos que se desempeñen como ayudantes, deberán tener regularizada su situación laboral en la actividad, dentro del plazo de un (1) año contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial, conforme a las modalidades previstas en el ordenamiento vigente.

26 may 2010

25 de Mayo de 2010 - festejamos el Bicentenario sin Diarios

Gran alegría, emoción y orgullo nos embargó el festejo por el Bicentenario de nuestra Patria, y dedicadamente lo celebramos cada uno de nosotros, cada uno a su manera.
Pero algo empañó la jornada de nuestra actividad. Desde temprana hora nos quedamos sin ejemplares del principal matutino de nuestra provincia, ya que sus autoridades decidieron no imprimir la cantidad normal para un día Martes.
Además alegró la decisión que la empresa editora decidiera editar un suplemento adicional para el 25 de Mayo, en el que mediante una recopilación del formato Pueblos, presenta a medio centenar de comunidades, sus paisajes y su gente, lo que se aplaude desde esta página. Esto fue profusamente promocionado en su edición gráfica y digital. De esta manera, se previó incluso una venta superior a la normal para este día tan caro a nuestro sentimiento patriótico.
Los clientes solicitaron con gran interés este suplemento inserto en el diario, pero se encontraron con la novedad que desde la primera hora de la mañana ya no habían más ejemplares, pues se nos entregó mucha menor cantidad para la venta, como así también a la UVD, quien provee de ejemplares a muchos pequeños Canillas que solo lo adquieren en ese canal de venta y no pudieron entregar a sus clientes el diario de ese día.
Más nos llama poderosamente la atención la política comercial y de distribución internas de la empresa, que suponemos decidió no arriesgar mayor impresión para evitar las devoluciones. De acuerdo a la estimación de venta perdida, fácilmente deducimos que se podría haber vendido un 50% más de lo que se vendió realmente.
Para cualquier Responsable Financiero de cualquier empresa, pequeña o grande, es una cifra muy importante.
Nos preguntamos bajo que criterios se tomó la decisión de no imprimir una cantidad de diarios superior a la normal, lo que respetamos porque es una decisión empresarial, pero es evidente que perjudicó seriamente la venta de todos los Canillas de San Juan.

Hasta la próxima.